Las importaciones están sujetas al Arancel Externo Común (CET) de CARICOM.
Todas las mercancías importadas en Santa Lucía están sujetas a derechos de aduana. Los deberes son percibidos al valor, excepto en siete artículos que llevan derechos específicos. No existen aranceles estacionales, tampoco mercancías sujetas a contingentes arancelarios. Los tipos de arancelarios son desde 0 a 70%.
Las importaciones requieren hasta siete documentos. El valor del costo, seguro y flete de las mercancías importadas debe ser declarado, y acompañado por las facturas de embarque marítimo o aéreo. Un importador de productos también requiere presentar una factura comercial y el “Documento Único de la Administración”. Productos de la CARICOM requieren un “Certificado de Origen”. En caso de corresponder, también debe presentarse la correspondiente licencia de importación o exportación, certificados requeridos por la “Ley de Protección de las Plantas”, la “Ley de control de plaguicidas”, o “Certificados de la Inspección de la Salud y la Carne” junto con el “Documento Único de la Administración”.
- Formulario 19 (CARISAD).
- Facturas.
- Documentos del título (Conocimiento aéreo / factura de embarque).
- Certificado de Origen (para bienes fabricados en países del CARICOM).
- Formulario 61 (Para los elementos que excedan un valor de EC$ 2.500,00).
- Licencias de importación / permisos de importación (donde corresponda).
- Certificado fitosanitario.
- Factura de la vista (Bill of Sight) (en la ausencia de facturas adecuadas).
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