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Información de utilidad para exportadores argentinos

Las importaciones están sujetas al Arancel Externo Común (CET) de CARICOM.


Todas las mercancías importadas en Santa Lucía están sujetas a derechos de aduana. Los deberes son percibidos al valor, excepto en siete artículos que llevan derechos específicos. No existen aranceles estacionales, tampoco mercancías sujetas a contingentes arancelarios. Los tipos de arancelarios son desde 0 a 70%.

 

Las importaciones requieren hasta siete documentos. El valor del costo, seguro y flete de las mercancías importadas debe ser declarado, y acompañado por las facturas de embarque marítimo o aéreo. Un importador de productos también requiere presentar una factura comercial y el “Documento Único de la Administración”. Productos de la CARICOM requieren un “Certificado de Origen”. En caso de corresponder, también debe presentarse la correspondiente licencia de importación o exportación, certificados requeridos por la “Ley de Protección de las Plantas”, la “Ley de control de plaguicidas”, o “Certificados de la Inspección de la Salud y la Carne” junto con el “Documento Único de la Administración”.

  • Formulario 19 (CARISAD).
  • Facturas.
  • Documentos del título (Conocimiento aéreo / factura de embarque).
  • Certificado de Origen (para bienes fabricados en países del CARICOM).
  • Formulario 61 (Para los elementos que excedan un valor de EC$ 2.500,00).
  • Licencias de importación / permisos de importación (donde corresponda).
  • Certificado fitosanitario.
  • Factura de la vista (Bill of Sight) (en la ausencia de facturas adecuadas).
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Fecha de actualización: 10/10/2017